El caso Messi – Barcelona analizado legalmente

Christopher Johnson

El caso Messi – Barcelona analizado legalmente

Oct 15, 2020 por admin

Primero, es importante aclarar que sólo conociendo la cláusula contractual específica se puede dilucidar la solución de la disputa entre el jugador y el club Barcelona F.C., sin embargo, desde el 25 de agosto, cuando se envió el famoso “burofax” en el que Messi pretende hacer valer una cláusula de liberación contractual, se inició el debate si el jugador es libre de irse del Club o debe pagar una cláusula de 700 millones de euros para poder hacerlo.

El debate no debe ser complejo, pues los contratos de los jugadores de fútbol son claros y

específicos y no difieren mucho los de una súper estrella de los de un jugador de segunda división, son contratos que establecen una relación laboral especial entre el jugador y el Club, con obligaciones similares y que se diferencian únicamente en el dinero que devengan y los premios por objetivos o bonos.

Al ser una relación laboral de carácter especial, los contratos de los deportistas están regulados por normativas especiales, que nunca deben apartarse ni contradecir la ley laboral. Јuniorsathletic escribió un artículo sobre este tema en su sitio. En el caso de La Liga de España, no es el Estatuto de los Trabajadores, sino el Real Decreto 1006/1985, quien regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales.

Estas regulaciones especiales establecen diferencias con los contratos laborales ordinarios, por ejemplo, no existen los contratos a término indefinido, todos tienen fecha de terminación y se establece una indemnización en caso de que se termine unilateralmente el contrato o la llamada cláusulas de recisión. Igualmente, establecen libertades de negociación contractual como el pago de derechos de imagen o la cláusula de liberación estipulada en el contrato de Messi, en la que el argentino puede irse un año antes de acabar su contrato, el cual está vigente hasta 2021, avisando sus deseos de hacerlo antes del mes de junio, otorgándole la posibilidad de terminar el contrato de forma gratuita al final de la temporada.

Otro aspecto relevante en los contratos deportivos, es la fama y el posicionamiento mediático del atleta, pues mientras más conocido sea, mayor es su poder de negociación frente a su contratación y su capacidad de imponer su deseo será mayor.

Lo que se conoce de la mencionada cláusula de liberación de Messi, es que ésta se pactó dentro de la relación de lealtad existente entre Barcelona y el jugador, que podía irse gratuitamente del club antes de finalizar su contrato, con destino a cualquier club del mundo que deseara siempre y cuando avisara al club antes del final del mes de mayo, fechas que concuerdan con la del final de la temporada.

El jugador argumenta que, dado que las fechas establecidas para avisar al club su deseo de

retirarse concuerdan con el final de temporada, debido a la crisis desatada por la pandemia del covid-19, esta fecha se aplazó, al igual que el final de la temporada, por lo tanto, considera que avisó a tiempo y es libre de irse del club de forma gratuita.

La última ampliación del contrato de Messi data de finales de noviembre de 2017, donde se pactó su vinculación al club catalán hasta el 30 de junio de 2022 con una cláusula de rescisión de 700 millones de euros.

El Barcelona considera que Messi debe pagar esta cláusula si desea irse, pues entiende que no avisó su deseo de abandonar dentro del término establecido para hacerlo, el cual finalizaba el último día de mayo y que la extensión de la temporada no es factor para que el jugador no haya informado sobre su deseo dentro del tiempo fijado.

En mi humilde opinión profesional, el club tiene la razón, pues los tiempos para que Messi diera aviso eran claros y no estaban supeditados a la terminación de la temporada sino a una fecha calendario, el jugador podría haber informado a tiempo de su deseo de abandonar el club cuando finalizara la temporada y la extensión de esta no es factor para anular lo convenido.

Sin embargo, la crisis generada por la pandemia, da lugar a la teoría de la imprevisión en el

derecho, en la cual, se pueden modificar las obligaciones pactadas en un contrato, por el hecho de haberse modificado significativamente las condiciones bajo las cuales se contrajeron.

La solución del caso dependerá mucho de la autoridad a la que se acuda para dirimirlo, pues tanto FIFA como la jurisdicción laboral ordinaria española son competentes para hacerlo, las dos tiene procedimientos diferentes y ambas tienen su propia doctrina y jurisprudencia en la que se basarían para decidir.

Abogado, Máster en Derecho Deportivo Internacional.

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